En diciembre del año 2021, el IFT halló que Megacable es una empresa con poder sustancial de mercado en el negocio de televisión de paga de nueve mercados relevantes de cinco estados de la República, es decir, que esa compañía cuenta allí con los medios para influir en los negocios audio y video restringidos con estrategias de mercado que beneficien a sus propias operaciones y en detrimento del resto de competidores.

Megacable Holdings consideró que la batalla legal que mantiene contra la resolución de poder sustancial de mercado emitida por Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se alargará en el tiempo en los juzgados especializados.

En diciembre del año 2021, el IFT halló que Megacable es una empresa con poder sustancial de mercado en el negocio de televisión de paga de nueve mercados relevantes de cinco estados de la República, es decir, que esa compañía cuenta allí con los medios para influir en los negocios audio y video restringidos con estrategias de mercado que beneficien a sus propias operaciones y en detrimento del resto de competidores.

La determinación del IFT y de su Autoridad Investigadora resultó de una investigación del 2020 al acuerdo de compraventa de activos de Axtel a favor de Megacable del año 2019 por un valor de 1,150 millones de pesos y que se desglosa entre 1,370 kilómetros de redes de fibra óptica y 55,000 clientes de video de prácticamente todo el país que pasaron de Axtel a Megacable.

La Autoridad Investigadora del IFT sospechaba en 2020 de que Megacable Holdings era un agente con poder sustancial de mercado en 16 plazas de la República, pero tras investigaciones minuciosas resolvió que la compañía no tenía poder sustancia en las plazas de Puebla y Tlaquepaque, aunque siguió investigando otros 14 mercados relevantes, hasta que en 2021 determinó que Megacable sí tiene poder sustancial en nueve mercados relevantes.

Estos mercados son San Mateo Atenco y Zinacantepec, en el Estado de México; León, Guanajuato; Guadalajara y Tonalá, en Jalisco; Cuautlancingo y San Pedro Cholula, en Puebla; y en los mercados de Corregidora y El Marqués, Querétaro.

En un primer análisis de competencia económica, el IFT estableció en 2019 que en el segmento de los servicios de televisión y audio restringidos o STAR, Megacable alcanzó una concentración del 51.88% del negocio de TV de paga en Guadalajara y de 51.17% en León con este traspaso desde Axtel.

En Internet de banda ancha fija, Megacable llegó a 56.48% de ese negocio en el mercado de León, arriba del 34.67% que consiguen las empresas de América Móvil allí, y entre Puebla, Querétaro y Guadalajara su nivel de participación se ubicó entre 40.88 y 45.62% del segmento.

Apenas se conoció la resolución del IFT, la empresa consideró que ésta no se ajustaba a la realidad del mercado del año 2019, cuando la autoridad inició sus investigaciones y entonces emprendió un proceso de impugnación ante los tribunales especializados.

La resolución se dictó dos años después de peritaje y en medio de una pandemia (…) Ya cambió todo otra vez. Lo que estamos pidiendo es hacer un estudio nuevo, donde se dé la realidad de lo que está pasando y volver a dictar resolución… Creo que sí se va a tardar, pero vamos a ganar”, confió Enrique Yamuni, director general de Megacable.

“Es un error que hayan quitado la posibilidad de suspensiones en plazos en telecomunicaciones, te dejan en la completa indefensión, donde un juez no pueda dictar una medida cautelar, mientras se ve qué pasa…. Yo creo que eso tiene que cambiar”, agregó el empresario.

En una entrevista previa, el director general adjunto de Megacable, Raymundo Fernández, aseguró que la compañía acatará el resultado final de la impugnación en los tribunales especializados, en caso de que éste no le sea favorable a Megacable.

“Cualquier investigación, cualquier solicitud de la autoridad, claro que la vamos a cumplir, pero estamos batallando en los tribunales para que no tengamos ese fallo de poder sustancial. Pero si ocurre y nos invita a tener una separación contable, un sistema de tarifas… etc., lo cumpliremos. Si nos declaran con poder sustancial, pues tenemos poder sustancial, aunque nosotros creemos que no”, dijo Raymundo Fernández.

Fuente: eleconomista.com.mx

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